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Archive for octubre, 2009

El peso del Sector Público

Escrito 31/oct/2009 Por

En la situación económica actual española  puede surgir una duda importante: ¿Está el sector público tirando de la demanda del país ante la apatía del sector privado? o por el contrario cuando tomamos en cuenta no sólo el gasto público sino su financiacion ¿está detrayendo recursos al sector privado?
 ¿Qué incentivos tiene el sector financiero para [...]

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Noticia de la semana, la Ley de Servicios de Pago

Escrito 31/oct/2009 Por

Tarjeta de crédito

La Ley de Servicios de Pago ha sido aprobada el pasado día 26 de Octubre en el Congreso de los Diputados. Hemos elegido esta ley porque aunque ha aparecido en los medios de comunicación, estos apenas han profundizado en uno de los aspectos de la misma.

La Ley de Servicios de Pago pretende adaptar el marco legislativo español a la directiva 2007/64/CE que pretende hacer más similar la legislación europea sobre los distintos sistemas de pago que tenemos en Europa. Esta armonización puede suponer una mejor integración y beneficios para aquellos que se mueven entre los distintos países europeos.

Resumen de declaraciones

Como explica en Cinco Días Carlos Pérez Dávila, abogado de Clifford Chance, dentro de poco iba a ser el fin del plazo fijado por la directiva para la adaptación de nuestro marco legal. Es decir, esta ley tocaba aprobarla. Aparte este análisis nos explica que se regula y las consecuencias que va a tener para los servicios de pago.

Muchos de los medios de comunicación se ha centrado en el aspecto de que los comerciantes podrán establecer un recargo sobre las compras con tarjetas. Este es el caso de El Economista, que calcula que el recargo podrá ser de alrededor del 0,9%. El País también entra en esta línea, aunque pone énfasis en que el recargo será voluntario, no obligatorio.

El Mundo también menciona el posible sobre coste que los consumidores pueden asumir, aunque comenta que el gobierno se reserva el derecho a prohibirlo si considera que este es abusivo. Además recoge la opinión de asociaciones de consumidores que están considerando esta medida inasumible. Además recomiendan usar las tarjetas lo menos posible y añaden que esta legislación beneficiará a las tarjetas de los grandes almacenes.

ADN también destaca las declaraciones de la diputada del partido socialista María José Vázquez, en la que destaca que el área única de pagos europea (SEPA) deberá estar finalizado para 2010. Consumer destaca que esta legislación permitirá una mayor velocidad en los pagos.

Vista la opinión que parece haber creado esta legislación en los ciudadanos, los comerciantes han afirmado que no pretenden establecer un recargo sobre las compras a sus clientes. Este es el caso de los de distintas regiones, por ejemplo Madrid, aunque también parece que será de aplicación en todo el país.

La Ley de Servicios de Pago

Como señalan en La Moncloa, esta ley va a regular más que el potencial recargo que puedan tener los pagos con tarjetas de crédito. Los objetivos son agilizar y hacer más seguras las transferencias transfronterizas, incluso se pretende limitar a un único día. También se pretende que sea posible utilizar tarjetas de crédito en cualquier estado, algo que en la práctica ya se venía aplicando.

Lo que si es novedad es que con una única cuenta corriente se pueda trabajar en cualquier estado de la Unión Europea. Actualmente cuando uno cambia de país por motivos laborales o de estudio, es recomendable aunque no necesario abrir una cuenta allí. Con la nueva directiva se pretende eliminar esta necesidad en unos años.

La legislación también crea un nuevo tipo de entidades, que serán las entidades de pago. Además regula todos los tipos de pago, incluidos los telemáticos, como pueden ser los pagos a través de SMS o cualquier otra tecnología.

Consecuencias para el usuario

Como hemos podido ver esta nueva ley va a tener muchos más efectos sobre nuestras finanzas personales que las que más ruido han hecho en la opinión pública. Es poco probable que veamos un recargo generalizado en los pagos con tarjetas, puesto que dada la actual situación económica no parece que los comerciantes se animen a establecerlo. No obstante en caso de que se aplicara un recargo, parece que los consumidores dejarán de usar las tarjetas.

También debemos de tener en cuenta que los comercios pueden acabar asumiendo el coste de los pagos de tarjeta como un coste adicional, de forma que lo acaben repercutiendo en todos los precios. También hay que reconocer que el pago con tarjeta tiene ventajas para sus clientes, dado que reducen ciertos costes (el de ir al banco a ingresar la recaudación, es un coste de personal o de oportunidad) y riesgos (tienen menos dinero en efectivo) en caso de ser atracados.

Claramente esta medida va a tener ciertas ventajas para aquellos consumidores que se mueven frecuentemente por la Unión Europea, tanto para temas de residencia como para turismo. También para aquellas empresas que tienen clientes y/o proveedores en otros países europeos, ya que tendrán más seguridad en los pagos.

No obstante la mayor parte de la población no se va a beneficiar directamente de esta legislación, aunque un incremento en el comercio intraeuropeo tal vez les pueda acabar beneficiando indirectamente. Quizás la cuestión está en cuanto mejorarán estas medidas las finanzas que compense el potencial recargo que puedan aplicar los comercios.

En Actibva | Diferencias entre tarjetas de crédito y tarjetas de débito, Conversaciones
Imagen | paalia, Flickr

Javier Navarro, editor de El Blog Salmón

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Borsadiner y más Francesc Pau

Escrito 31/oct/2009 Por

El jueves por la tarde fui a Borsadiner, la feria sobre bolsa y finanzas que se celebra en Barcelona este fin de semana. Tenía en mente hacer muchas cosas: Asistir a la conferencia de Francesc Pau sobre análisis técnico, así le saludaba en persona y de paso igual aprendía un poquito sobre análisis técnico. Ya le [...]

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Borsadiner y más Francesc Pau

Escrito 31/oct/2009 Por

El jueves por la tarde fui a Borsadiner, la feria sobre bolsa y finanzas que se celebra en Barcelona este fin de semana. Tenía en mente hacer muchas cosas: Asistir a la conferencia de Francesc Pau sobre análisis técnico, así le saludaba en persona y de paso igual aprendía un poquito sobre análisis técnico. Ya le [...]

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El PIB de España se contrajo un 4,1% en el tercer trimestre.

Escrito 30/oct/2009 Por

La economía española se contrajo en el tercer trimestre del año por quinto trimestre consecutivo aunque a un ritmo menor que en los anteriores trimestres, según datos provisionales publicados ayer por el Banco de España. 
Parece que España es incapaz de seguir a EEUU y a otros países europeos como Francia y Alemania, que están mostrando signos claros de [...]

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El matrimonio III, el sistema de participación y normas comunes

Escrito 30/oct/2009 Por

matrimonio

El sistema de participación en las ganancias es el régimen matrimonial más desconocido y menos utilizado, no obstante ofrece una alternativa interesante para aquellas parejas que no encuentren en la separación de bienes o en la comunidad de gananciales un régimen matrimonial que complemente sus necesidades.

Este sistema pretende unir las ventajas de ambos sistemas, separación de bienes en lo que respecta a la libertad de actuar de los cónyuges y las ventajas de la sociedad de gananciales en lo que se refiere a la solidaridad económica entre los cónyuges (en lo que se refiere a solidaridad y compensación del trabajo aportado al hogar).

El sistema de participación

Mientras el matrimonio sigue adelante existe separación de bienes, es un sistema muy parecido al de separación, ya que cada cónyuge sigue su patrimonio como cree conveniente y contribuye a las cargas de forma proporcional a sus ingresos.

La diferencia viene cuando el matrimonio se disuelve, puesto que en este caso se produce un reparto entre los esposos o entre el superviviente y los herederos del otro. En este reparto se reparten por igual las ganancias de ambos (a no ser que se pacte lo contrario, lo que abre un abanico ilimitado de posibilidades).

Las ganancias de cada cónyuge se obtienen comparando lo que tenía al principio uno de los cónyuges con lo que tiene al final del matrimonio. Por ese motivo es extraordinariamente importante hacer y fijar inventario de los patrimonios iniciales y finales de cada uno de los cónyuges.

El patrimonio inicial está formado por los bienes y derechos que le pertenecieran al comenzar el régimen y por los adquiridos después a título de herencia, donación o legado. El patrimonio final está formado por los bienes y derechos de que sea titular en el momento de la terminación del régimen, con deducción de las obligaciones todavía no satisfechas. Es decir, lo que se tiene menos lo que se debe.

Dado que este régimen puede provocar peligro en el patrimonio de uno de los cónyuges si el otro no actúa diligentemente, este sistema también se extingue por los mismos motivos que el sistema de gananciales. Quizás podemos decir que se trata de un sistema más próximo a la sociedad de gananciales que a la separación de bienes.

Normas comunes a los tres sistemas

Una vez vistos los tres sistemas económicos y jurídicos por los que se rige un matrimonio, echemos un vistazo a las normas comunes. Estas normas se aplican a cualquiera de los tres tipos, por lo que no está de más conocerlas.

Entre estas normas podemos encontrar que ambos cónyuges están obligados a correr con las cargas del matrimonio, que si uno de los cónyuges carece de fondos para litigar por algo que fuera a beneficiar a la unión esos gastos se sufragarán a cargo del caudal común, o si fuera necesario a costa de los bienes propios del otro cónyuge cuando su posición económica le impida beneficiarse de la justicia gratuita.

La vivienda conyugal y el ajuar doméstico no son bienes de los que se pueda disponer libremente, sino que es necesario el consentimiento de ambos o una autorización judicial aunque la vivienda sea propiedad de uno de los cónyuges. También en caso de muerte de uno de los cónyuges, el cónyuge superviviente tendrá el usufructo y se le atribuirá el ajuar (exceptuando alhajas, objetos de extraordinario valor, artísticos e históricos.

La potestad doméstica corresponde a ambos, de forma que ambos pueden realizar los gastos que consideren adecuados para atender las necesidades ordinarias de la familia, conforme al uso del lugar y las circunstancias de la familia. Como podemos ver el código trata de proteger la conservación del hogar familiar y el funcionamiento normal de la familia.

Es decir, casarse, independientemente del tipo de régimen económico que se acuerde, tiene consecuencias jurídicas. No obstante, como se puede deducir de las mismas están puestas para proteger a la familia y su hogar familiar y evitar que la mala fe pudiera afectarles negativamente.

En Actibva | Matrimonio

Imagen | Tim Parkinson, Flickr

Javier Navarro, editor de El Blog Salmón

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¿Qué será de las petroleras ante el cambio energetico?

Escrito 30/oct/2009 Por

En los próximos años, los combustibles fósiles serán reemplazados por otras fuentes de energía. Pero, ¿Qué ocurrirá con las grandes petroleras? ¿Cómo se están preparando para el futuro y que rol jugarán dentro del nuevo paradigma energético?El 20 de junio de 2009, el periódico británico The Times publicó un editorial escrito por Jeroen van der Veer, CEO de la petrolera Royal Dutch Shell, con el

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Eni: scarsa domanda e margini in calo comprino gli utili

Escrito 29/oct/2009 Por

L’ultimo trimestre di Eni è stato accolto dal mercato decisamente male. Il titolo cede in apertura circa 3 punti percentuali e sconta probabilmente il calo dell’utile netto a 1,24[...]

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Crisis y rebajas en las comisiones de Bolsa

Escrito 29/oct/2009 Por

El descenso en las operaciones de Bolsa por parte de los inversores debido a la crisis ha propiciado que gran parte de los brokers y entidades financieras rebajen sus comisiones de compra y venta de acciones.Diferentes estrategias para una misma rebaja de comisiones bursátilesLa contratación de títulos ha bajado sensiblemente como consecuencia de la crisis de la que también se han resentido los

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A2A in rosso: si teme per il destino del dividendo

Escrito 28/oct/2009 Por

Seduta difficile per A2A che a fine mattinata oscilla al di sotto dei supporti a 1,30 euro. Si tratta di un riferimento importante in quanto l’eventuale rottura dello stesso, se confermata in[...]

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