Archive for marzo 22nd, 2010
CIERRE GLOBAL Lunes 22-03-2010
Escrito 22/mar/2010 Por Johngo
*_Mercados Cierre Global_*
*ASIA*
Índices MAYORIA DE BAJAS
A continuación y más tarde,…
Los problemas de la deuda soberana de Europa
Escrito 22/mar/2010 Por Johngo
¡A temblar!: los burócratas de Bruselas sacaron punta a sus lápices. La Comisión Europea quiere que…
Leer todo...En julio sube el Iva… Y los ajd??
Escrito 22/mar/2010 Por tony_75
Hola a todos, se esta anunciando a bombo y platillo que en julio sube el iva en dos puntos para la…
Leer todo...En julio sube uva… Y los ajd??
Escrito 22/mar/2010 Por tony_75
Hola a todos, se esta anunciando a bombo y platillo que en julio sube el iva en dos puntos para la…
Leer todo...Noticia:Los Registradores piden controlar las condiciones hipotecarias.
Escrito 22/mar/2010 Por Gonzalo
Pues parece buena idea,al menos tendremos a alguien al que poder reclamar más cercano que el BdE.
…
Aerolínea Iberia solo obtuvo rentabilidad reparando aviones
Escrito 22/mar/2010 Por admin
La compañía aérea Iberia solo obtuvo rentabilidad en su negocio de reparación de aviones propios y para terceros, los talleres de Iberia se cuentan entre los mejores del mundo. En el 2009 ganaron 56 millones, frente a las pérdidas de 517 en pasajeros y carga o el agujero de tres millones en la división de [...]
Leer todo...Tendencias | Durao Barroso desafía a Merkel sobre la ayuda a Grecia
Escrito 22/mar/2010 Por reuters@lacartadelabolsa.com
El presidente de la Comisión Europea, José Manuel Durao Barroso, instó a la canciller alemana, Angela Merkel, a situarse por encima de la política interna alemana y aceptar un acuerdo sobre una red de seguridad financiera para la endeudada Grecia, con el fin de preservar la unión monetaria europea.
Leer todo...Tendencias | En el cofre del tesoro: infraestructuras y telecos
Escrito 22/mar/2010 Por reuters@lacartadelabolsa.com
Catalina García, Redacción Estrategias de Inversión
Las olas del Ibex 35 rompen con fuerza los ánimos de los inversores pero como bien dice el refranero español al mal tiempo buena cara y esta es la máxima que se han aplicado el lunes los brokers. No importa que el selectivo navegue por un mar de dudas o que las hélices del barco giren con fuerza hacia las ventas,
Leer todo...Resumen del día
Escrito 22/mar/2010 Por Carlos Lopez
Recordando artículos:
Hoy: Los derivados y el cine
Hace 6 meses: Miedos
Hace 1 año: Feliz día del DMC-12
Hace 2 años: Todos somos iguales
En las noticias del blog:
Durante la semana estaremos atentos a…
California como ejemplo
Polémico mapa de los trabajadores españoles
Tiffany gana un 20% más en 2009 tras cuadruplicar su resultado en el cuarto trimestre
Las cotizadas repartieron 2.659 millones [...]
¿Cuando me pueden cortar la luz?
Escrito 22/mar/2010 Por flopez

Los servicios esenciales acostumbran a tener una amplia regulación tendente a garantizar el suministro en unos determinados márgenes de calidad y a asegurar el respeto de unos derechos mínimos, es lo que sucede con el suministro eléctrico. Todo un abanico de normas regula con detalle la prestación del servicio, dejando un ámbito muy reducido a los acuerdos entre las partes, a diferencia de otros sectores de actividad donde prima el principio de libertad de pactos.
Se trata de un sector muy sensible, y hay que hacer compatible la continuidad y seguridad del suministro, con los derechos de los usuarios y la estabilidad de las empresas distribuidoras.
¿Qué plazo hay para pagar la factura de la luz? y ¿Cuándo me pueden cortar el suministro? Son algunos de los interrogantes que hoy vamos a intentar despejar en estas líneas, indicando de manera previa que nos vamos a referir solo a abonados privados, ya que existen especialidades que afectan a la Administración y servicios declarados esenciales, que no siguen este mismo régimen.
Desde que nuestra empresa distribuidora nos gira la factura tenemos veinte días para proceder a su abono. Este plazo de veinte días naturales debe concluir en día laborable, de no ser así, el plazo concluirá en el primer día laborable que siga al último del periodo de pago.
El consumidor podrá hacer efectivo el pago mediante domiciliación bancaria o a través de ingreso en las cuentas que designen las empresas distribuidoras, en las zonas geográficas donde existan dificultades para utilizar este medio, podrá utilizarse el giro postal u otro medio similar.
La suspensión del suministro por impago no podrá producirse sino dos meses después de haber requerido el pago al usuario de manera fehaciente, es decir por un medio que permita comprobar la fecha de la comunicación, su resultado y el contenido de esta. La notificación deberá practicarse en el domicilio que conste en el contrato para las comunicaciones, y deberá incluir el aviso del corte y la fecha en la que se producirá, que no podrá ser en día festivo ni en la víspera, ni aquellos en los que no exista servicio de atención al cliente, igualmente tampoco la víspera de estos podrá efectuarse el corte de suministro.
Una vez practicado el corte del suministro, este deberá ser repuesto como máximo al día siguiente del abono de la cantidad adeudada y de los gastos que origine la reconexión, que serán de cuenta del abonado.
La interrupción del suministro por impago durante más de dos meses dará origen a la resolución del contrato de suministro.
En algunos casos la empresa distribuidora puede suspender el suministro de manera inmediata: cuando detecta un enganche directo sin contrato previo, cuando se producen manipulaciones de contadores, instalaciones peligrosas o derivaciones para suministro de instalaciones no previstas en el contrato, en todos estos casos no es necesario acudir a la notificación de suspensión del suministro.
En Actibva | Ahorro energético en el hogar
Más Información | Regulación de actividades de suministro de energia electrica,
Imagen | sietecoyote
Francisco López, editor de Problemas con el banco
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