Archive for abril 13th, 2010
Tendencias | La demanda mundial de petróleo podría llegar a un récord en 2010
Escrito 13/abr/2010 Por reuters@lacartadelabolsa.com
La demanda mundial de petróleo alcanzará un máximo histórico este año, dijo el martes la Agencia Internacional de la Energía (AIE), revisando al alza sus estimaciones de consumo a medida que la economía global se recupera de la recesión.
Leer todo...CIERRE GLOBAL Martes 13-04-2010
Escrito 13/abr/2010 Por Johngo
*_Mercados Cierre Global _*
*ASIA*
Índices MIXTOS
A continuación y más tarde, estaremos viendo…
La espada de Damocles
Escrito 13/abr/2010 Por Droblo
Según cuentan Horacio en una de sus “Odas” y Cicerón, en sus “Tusculanas”, Damocles era cortesano…
Leer todo...Resumen del día
Escrito 13/abr/2010 Por Carlos Lopez
Recordando artículos:
Hoy: Welcome to USA (Unión Socialista Americana)
Hace 6 meses: ¿Es el especulador el problema?
Hace 1 año: Campana y se acabó
Hace 2 años: Open Cola
Hace 3 años: Acudiendo a la tecnología
En las noticias del blog:
Historia de la deuda pública de los EUA en relación al PIB
EUA: Decimoctavo déficit presupuestario mensual consecutivo
La probabilidad de quiebra de [...]
Estadisticas gráficas compraventa vivienda 2007/2010 Valencia
Escrito 13/abr/2010 Por josegimeno
Os mando el link de estadísticas graficadas de la compra-venta de vivienda y suelo 2007-2010 para…
Leer todo...Tendencias | Nuevo mínimo en la volatilidad
Escrito 13/abr/2010 Por jlmartinez@lacartadelabolsa.com
El lunes el índice VIX recortó hasta niveles de 15.58 %. Tenemos que remontarnos hasta octubre de 2007 para ver niveles de volatilidad similares. Aunque, de hecho, sería en la primera mitad de 2007 cuando podemos considerar que este nivel “era normal”. Eran otros tiempos, sin duda.
Leer todo...La probabilidad de quiebra de Grecia, similar a la de Irak
Escrito 13/abr/2010 Por Droblo
A pesar de los descensos de las primas de los CDS tras los máximos del viernes pasado y que…
Leer todo...¿Cómo funcionan los embargos y la ejecución hipotecaria de inmuebles?
Escrito 13/abr/2010 Por flopez

En la constitución de una garantía hipotecaria es factor fundamental de su eficacia la inscripción en el registro de la propiedad, ya que de ella depende la propia existencia del negocio jurídico, sin inscripción no hay hipoteca ni la garantía que esta acarrea, puede existir el préstamo, eficaz desde su consentimiento, pero no la garantía que tiene como requisito constitutivo la inscripción en el registro.
El procedimiento de ejecución hipotecaria no prevé siquiera la traba de embargo alguno sobre el inmueble objeto de la garantía, resultaría innecesario a causa de la eficacia real de la inscripción de la hipoteca, desde este momento es pública y oponible a terceros la posibilidad del hipotecante de dirigirse contra el inmueble con preferencia sobre las inscripciones posteriores a su derecho.
Interpuesta la demanda de ejecución hipotecaria y una vez efectuado el requerimiento de pago que exige la ley, se solicitará del registro la certificación de dominio y cargas por parte del juzgado. La emisión de esta certificación se hará constar en nota marginal por parte del registrador y es precisamente la existencia de esta nota marginal, y no la anotación del embargo que ya hemos visto que no existe en este procedimiento, la que nos dará información sobre la existencia de una ejecución hipotecaria y los autos judiciales que la apoyan.
El certificado de dominio y cargas facilitará al juzgado ejecutante información sobre la titularidad y dominio de los bienes embargados, así como relación completa de las cargas que gravan el inmueble. No olvidemos que el inmueble ha podido ser válidamente transmitido a un tercero y éste puede haber inscrito su derecho de propiedad en el registro. La existencia de una garantia hipotecaria no impide la transmisión del inmueble, solo sujeta le finca hipotecada al pago de la deuda.
Cualquier embargo trabado con posterioridad a la inscripción de la hipoteca resulta subordinado a esta, y por tanto se conservará, será válida y gravará el inmueble la carga hipotecaria pese a adjudicarse el inmueble en pública subasta originada por esa inscripción posterior. Cualquier adjudicatario recibirá su derecho con esa carga preferente que grava el inmueble.
Por este motivo es trascendental comprobar las cargas de un inmueble antes de realizar cualquier tipo de transacción, referente al mismo, incluso pedir la anotación de un embargo puede resultar absurdo y antieconómico si la finca está gravada con una larga lista de anotaciones, no olvidemos que esta anotación genera gastos registrales y tributa en concepto de actos jurídicos documentados.
Si por el contrario la subasta se produce a causa de la inscripción hipotecaria, los embargos posteriores se purgarán, quedando cancelados, y se entregará el sobrante, si existiere una vez pagado el crédito hipotecario, a los titulares de derechos posteriormente inscritos según su orden, y finalmente al propietario si aún existiese sobrante.
En caso de ejecución hipotecaria solo persistirán las cargas anteriores a la hipoteca, cancelándose todas las posteriores. Esta regla alcanza a segundas o posteriores hipotecas, y solo tiene la pequeña excepción de la conservación de las inscripciones de obra nueva y división horizontal.
En Actibva | Subasta de inmuebles y ejecución hipotecaria
Imagen | AleBonvini
Francisco López Sorio, editor de Problemas con el banco
Leer todo...Tendencias | La decisión del yuan nunca será política
Escrito 13/abr/2010 Por jlmartinez@lacartadelabolsa.com
Esta es la respuesta que ha ofrecido el presidente chino al norteamericano, ante la reiteración de Obama de que el Yuan está infravalorado. El escenario es la conferencia sobre la Seguridad Internacional nuclear en Washington.
Leer todo...Telecom: il piano convince il mercato, ma qualche incognita rimane
Escrito 13/abr/2010 Por riva
Giornata brillante per Telecom che guadagna circa tre punti percentuali portandosi a 1,12 euro dopo l’annuncio di un dividendo in crescita per il prossimo anno. La cedola per ora è stata mantenuta a[...]
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